Unidad de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Cintillo-UTAI-SEMUJER

 


Ing. Silverio Villalba Guzmán

Titular de la Unidad de Transparencia y Acceso a la  Información Pública de la Secretaría de la Mujer

Edificio Costachica Segundo Piso Palacio de Gobierno

Boulevard René Juaréz Cisneros N° 62 Col. Ciudad de los Servicios Chilpancingo, Guerrero

Tel: (747) 47 1  98  70, ext: 9870

uti.semujer@gmail.com


 

A través del Sistema Info-Guerrero y Plataforma Nacional de Transparencia y Acceso a la Información podrás solicitar  información pública  a cargo de la Secretaría de la Mujer; asimismo, de los Sujetos Obligados del Gobierno del Estado  de Guerrero.

Para utilizar el Sistema Info-Guerrero, Plataforma Nacional de Transparencia y Acceso a la Información deberás registrarte previamente y contar con un nombre de usuario con contraseña, que te proporcionará el sistema, a continuación se le proporciona las guias de usuario, usuaria.

Guía de referencia rápida para el usuario solicitante de Info-Guerrero

Para ingresar al Sistema de Click al siguiente enlace:

http://www.info.administracion2015-2021.guerrero.gob.mx

Guía de referencia rápida para el usuario solicitante para la Plataforma de Transparencia

http://www.plataformadetransparencia.org.mx/web/guest/inicio


 ¿Qué es el Recurso de Revisión?

 

Es el medio legal, por el cual el ciudadano puede inconformarse cuando la información que solicitó no le fue entregada o no está conforme con la respuesta que el Sujeto Obligado le dio.

El recurso de revisión podrá interponerse, de manera directa o por medios electrónicos, ante el Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero (ITAIGRO).

El recurso de revisión procede por cualquiera de las causas siguientes:

Artículo 162. El recurso de revisión procederá en contra de:

  1. La clasificación de la información;
  2. La declaración de inexistencia de información;

III. La declaración de incompetencia por el sujeto obligado;

  1. La entrega de información incompleta;
  2. La entrega de información que no corresponda con lo solicitado;
  3. La falta de respuesta a una solicitud de acceso a la información dentro de los plazos establecidos en la ley;

VII. La notificación, entrega o puesta a disposición de información en una modalidad o formato distinto al solicitado;

VIII. La entrega o puesta a disposición de información en un formato incomprensible y/o no accesible para el solicitante;

  1. Los costos o tiempos de entrega de la información;
  2. La falta de trámite a una solicitud;
  3. La negativa a permitir la consulta directa de la información;

XII. La falta, deficiencia o insuficiencia de la fundamentación y/o motivación en la respuesta; y

XIII. La orientación a un trámite específico.

Formato de Recurso de Revisión (personas físicas)

Formato de Recurso de Revisión (personas morales)

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