Lic. Mara Vicencio Talamantes

Directora General del Instituto Guerrerense para la Atención Integral de las Personas Adultas Mayores

Iganacio Zaragoza 38, Centro, C.P 39000, Chilpancingo de los Bravo, Guerrero; México.
(747) 47 14465 #1001(747) 4714463 #1001


Somos el organismo gubernamental, en el ámbito del desarrollo social, responsable de la formulación, desarrollo y ejecución de las políticas públicas que tienen como objetivo la atención integral de la Gente Grande, procurándoles bienestar y dignificando su vida como reconocimiento a su aportación al desarrollo del Estado.
I. Ser ciudadano mexicano, preferentemente Guerrerense, y estar en pleno goce de sus derechos políticos;

II.  Ser mayor de 30 años y menor de 70 y (sic)

III. Tener suficiente experiencia administrativa para el desempeño del cargo, y ser de reconocida solvencia moral, prestigio profesional y no haber sido condenado por delito intencional que amerite pena privativa de libertad, ni en juicio de responsabilidad por delito de carácter oficial.
I.  Conducir, programar y coordinar las acciones que el Consejo Directivo le ordene realizar para el debido cumplimiento de las funciones que le compete al Organismo;

II.  Ejercer la representación legal del Organismo, con todas las facultades generales y las especiales que requieran cláusula especial conforme a la Ley;

III.  Ejercer actos de dominio, el cual requerirá de la autorización del Consejo Directivo, para cada acto en particular;

IV.  Asistir a las sesiones del Consejo Directivo, con voz pero sin voto; y tomar los acuerdos que recaigan en las mismas;

V.  Someter a la aprobación del Consejo Directivo el Programa Operativo Anual y el Proyecto de Presupuesto Anual de Ingresos y Egresos del Organismo;

VI.  Presentar en cada una de las sesiones ordinarias del Consejo Directivo los informes sobre actividades del Organismo, el ejercicio del presupuesto y los estados financieros;

VII.  Ejercer el presupuesto anual de egresos del Organismo, de conformidad con los ordenamientos y disposiciones legales aplicables;

VIII.  Cumplir con los acuerdos del Consejo Directivo e informarle periódicamente de los resultados obtenidos;

IX.  Someter al Consejo Directivo del Organismo, para su aprobación, las reglas de operación del Programa “Pensión Guerrero” y los demás programas que establezcan;

X.  Supervisar y vigilar la debida observancia del presente ordenamiento y demás disposiciones que rijan al Organismo, y

XI.  Las demás que le confieran esta Ley, su Reglamento Interno y otros ordenamientos aplicables.