C. SILVESTRE RAMOS CHÁVEZ

Director General de la Promotora y Administradora de los Servicios de Playas de Zona Federal Marítimo Terrestre de Zihuatanejo

Cocos No. 2, Centro, C.P 40880, Zihuatanejo, Guerrero; México.
(755) 1121844


Coadyuvar con los tres niveles de Gobierno y la Iniciativa Privada, para que sea un destino turístico con playas limpias, atractivas y seguras, que ofrezca a usuarios locales y turistas, servicios de calidad y mobiliario de primera.

De acuerdo al Artículo 12 del Decreto Número 439, Por el que se crea el Orgnismo Público Descentralizado "Promotora y Administradora de los Servicios de Playa de Zona Federal Marítimo Terrestre de Zihuatanejo, Guerrero", el Director General tendra las siguientes facultades:

I.- Conducir la operación del Organismo;

II.- Presentar y someter a la Consideración del Consejo de Administración, el plan de labores y de financiamiento, el informe y de financiamiento, el informe de actividades y los estados financieros, así como el presupuesto del Organismo, para su discusión y aprobación, en su caso;

III.- Actuar como mandatario y representante legal del Organismo, con todas las facultades que la Ley le confiere y el Consejo de Administración le delegue;

IV.- Presentar y someter a la consideración del Consejo de Administración los proyectos de programas y propuestas, así como los asuntos que deba conocer dicho Organismo colegiado, de conformidad con la Ley de Entidades Paraestatales, para su discusión y aprobación, en su caso;

V.- Proponer al Consejo de Administración, para su aprobación, en su caso, los nombramientos de los servidores públicos del segundo y tercer nivel del Organismo;

VI.- Manejar las relaciones laborales con el personal del Organismo, de conformidad con las disposiciones establecidas en el Reglamento Interior y demás leyes afines;

VII.- Proporcionar a la Contraloría General del Estado y a la Comisión de Vigilancia, las facilidades y el apoyo necesario que requieran, para que se cercioren del buen funcionamiento interno del Organismo;

VIII.- Administrar los recursos humanos, materiales y financieros del Organismo, con estricto apego a las disposiciones que establece la Ley de Entidades Paraestatales y el Consejo de Administración;

IX.- Presentar y someter a la consideración del Consejo de Administración, para su discusión y aprobación, en su caso, el proyecto de Reglamento Interior, el Manual de Organización, Admnistración y demás ordenamientos que requiera el Organismo;

X.- Suscribir créditos con instituciones públicas y personas privadas, previa aprobación del Consejo de Administración, para el financiamiento y operación del Organismo;

XI.- Ejecutar los acuerdos y decisiones del Consejo de Administración; y

XII.- Las demás que sean afines a las anteriores o que le delegue el Consejo de Administración.