Somos el Organismo rector de la Cafeticultura en el Estado de Guerrero, que contribuye al desarrollo sostenible de la actividad cafetalera, para beneficio de los productores y para hacer mas rentable esta actividad, mediante la conjunción de esfuerzos entre los actores participantes en esta cadena productiva.

·         Administrar y representar legalmente al Consejo Estatal del Café, con la facultad derivada del Consejo Directivo ante todo tipo de autoridades como apoderado general o especial para pleitos y cobranzas y actos de administración, así como actos de riguroso dominio establecido en el acuerdo segundo del Acta de la Segunda Sesión Extraordinaria de este Consejo de fecha veintitrés de Junio del año dos mil seis.

·         Delegar u otorgar poder general o especial para pleitos y cobranzas y actos de administración a terceros, conforme a la facultad que le atribuye el Consejo Directivo, para delegar o sustituir su poder representativo.
 
·         Presentar a consideración y aprobación del Consejo Directivo, el presupuesto del Consejo Estatal del Café.

·         Elaborar y presentar a la consideración del Presidente y del Secretario del Consejo Directivo, el Plan Estatal de Fomento a la Actividad Cafetalera.

·         Elaborar y ejecutar los programas de trabajo y someterlos a la aprobación del Consejo Directivo.

·         Establecer el sistema de seguimiento, evaluación y control de programas y proyectos.

·         Rendir al Consejo Directivo un informe semestral de las actividades desarrolladas.

·         Presentar a la consideración y aprobación del Consejo Directivo, el informe de los estados financieros del Consejo Estatal del Café.

·         Promover acciones para la comercialización del café en los mercados nacional e internacional.

·         Promover lo necesario para el cumplimiento de los programas y el correcto ejercicio de los presupuestos autorizados.

·         Proporcionar a la Contraloría General del Estado y al Comisario Público, las facilidades y el apoyo técnico administrativo que requieran para su eficaz funcionamiento.

·         Administrar los Recursos Humanos, Materiales y Financieros del Consejo Estatal del Café.

·         Manejar las relaciones laborales del Consejo Estatal del Café con sus Servidores Públicos.

·         Proponer al Consejo Directivo para su aprobación, los nombramientos de los Servidores  Públicos del segundo nivel del Cecafé.

·         Asistir a las reuniones del Consejo Directivo y Ejecutar los acuerdos que de ellas emanen.

·         Formular y someter para aprobación del Consejo Directivo, el Reglamento Interior, el Manual de Organización y demás Ordenamientos Administrativos necesarios para el cumplimiento de los objetivos del Consejo Estatal del Café. 

·         Promover cursos de capacitación para eficientar el desempeño de los Servidores Públicos del Organismo.

·         Seleccionar, contratar y remover al personal del Cecafé en términos de la normatividad aplicable.

·         Conocer de las quejas y denuncias formuladas en contra de Servidores Públicos, para la aplicación de las sanciones disciplinarias o administrativas a que se hagan acreedores, cuando incurran en responsabilidad.

Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de las anteriores y las que le encomiende el Consejo Directivo