Afiliación, re afiliación e incidencias (seguro popular)

Dependencia: Hospital de la Madre y el Niño Guerrerense


Área donde se brinda el servicio: Seguro Popular

Descripción:

Seguro Popular es un instrumento creado para brindar protección financiera a todos los mexicanos, ofreciendo una opción de aseguramiento público en materia de salud a todas las familias y ciudadanos que por su condición laboral y socioeconómica no son derechohabientes de las instituciones de seguridad social.

Costo: Se les aplicará el llenado de la CECASOEH (Cedula de características Socioeconómico del hogar) y el sistema determinará si la familia tiene la capacidad de pago, si fuera el caso en el modulo se le informa el trámite correspondiente.

Requisitos:

Afiliación:
  • Ser mexicano por naturalización
  • No estar afiliados al IMSS o al ISSSTE o alguna otra institución de seguridad social.
  • Comprobante de domicilio reciente (agua, luz o teléfono)
  • CURP  de cada uno de los integrantes de la familia.
  • Identificación oficial con fotografía del titular (credencial de elector)
  •  Si es el caso, comprobante de estudios de los hijos solteros de entre 18 y 25 años de edad, que acredite que se encuentren cursando estudios de educación media o superior.
  • Si eres beneficiario de Oportunidades, copia del F1 o  algún documento que tenga el folio.
Re afiliación:
  • Comprobante de domicilio reciente (agua, luz o teléfono)
  • CURP  de cada uno de los integrantes de la familia.
  • Identificación oficial con fotografía del titular (credencial de elector)
  •  Si es el caso, comprobante de estudios de los hijos solteros de entre 18 y 25 años de edad, que acredite que se encuentren cursando estudios de educación media o superior.
  • Si eres beneficiario de Oportunidades, copia del F1 o  algún documento que tenga el folio.
Incidencias:
Las familias acudirán al MAO para dar de alta o baja de algún familiar (póliza del seguro popular , curp del  nuevo integrante)
  • Cambio de domicilio (póliza del seguro popular y comprobante de domicilio reciente)
  • Baja por defunción (póliza del seguro popular , acta de defunción del titular del seguro popular)
  • Corrección de datos (póliza del seguro popular , documento que contenga datos correctos (curp)
  • Incorporación al programa oportunidades a la póliza del seguro popular (póliza del seguro popular , copia del F1 de oportunidades)

Tiempo de Respuesta: Inmediato

Tipo de beneficiario:

  • Adultos Mayores
  • Discapacitados
  • Estudiantes
  • Hombres
  • Indígenas
  • Jóvenes
  • Migrantes
  • Mujeres
  • Niños
  • Público en General

Horario de Atención: Lunes a Viernes de 8:00 a 17:00 hrs / Sábados de 9.00 a 15:00 hrs

Domicilio: Bulevard René Juarez Cisneros S/N Col. Cd. De los Servicios Chilpancingo Guerrero .

Teléfonos: (747) 49 4 93 95

E-mail: mao004sphmngchilpancingo@hotmail.com

Formato para solicitar el trámite:

Documento que genera: Se entregara la póliza de afiliación y la carta de Derechos y Obligaciones.

Observaciones:

  • Las familias acudirán al MAO (Módulo de Afiliación y Orientación) con la documentación requerida.
  • Con la póliza de afiliación, las familias acudirán a consulta a la unidad de salud que le corresponda
  • Si requiere atención con el especialista, el médico general le dará una hoja de referencia al Hospital más cercano.
  • ADEMÁS Y CON LA FINALIDAD DE DARTE UN MEJOR SERVICIO EN LA ATENCIÓN MÉDICA SE ENCUENTRA UN  GESTOR MÉDICO, QUE TIENE COMO OBJETIVO TUTELAR LOS DERECHOS DE LOS AFILIADOS, ES DECIR GARANTIZAR LA ATENCIÓN MEDICA SIN DESEMBOLSO AL MOMENTO DE UTILIZAR LOS SERVICIOS, SIEMPRE Y CUANDO ESTÉN CUBIERTOS POR EL CATALOGO UNIVERSAL DE SERVICIOS DE SALUD (CAUSES)
El modulo de atención al seguro popular se encuentra funcionando dentro de las instalaciones del Hospital de la Madre y el Niño Guerrerense al igual que dentro Instituciones dependientes de la Secretaria de Salud.

Archivos Adjuntos: No hay archivos adjuntos.

Fundamento Jurídico-Administrativo: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Énfasis artículo 4to constitucional) // Ley General de Salud (Énfasis artículos 77 bis 1 a 77 bis 41)