Obligaciones de Transparencia Comunes Art. 81 Ley 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública 2019

prueba

C.P. Marcos López de Jesús

Titular de la Unidad de Transparencia del Instituto Estatal de Cancerología
Domicilio: Av. Ruiz Cortines 128-A Col. Alta Progreso, C. P. 39570
Tels. 744.445.6613 , (744) 445 8300, (744) 445 8333
Correo electrónico: transparencia@cancerologiagro.gob.mx

Con la finalidad de armonizar el marco normativo local con las reformas federales en materia de Transparencia, el Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, aprobó la Ley número 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero, cuya entrada en vigor fue a partir del 7 de mayo de 2016, abrogando la Ley 374 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado.

Entre las disposiciones que contiene la Ley No. 207, destacan la precisión de los sujetos obligados, incluyendo los notarios, nuevas reglas para garantizar el derecho de acceso a la información, programas de capacitación y actualización en materia de transparencia y acceso a la información pública, las obligaciones comunes y específicas que tienen cada uno de los sujetos obligados, mandata a los sujetos obligados contar con Unidades y Comités de Transparencia, se otorga al Instituto la facultad para verificar las páginas web de los sujetos obligados, de igual manera se establece la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia, y por último, se señalan de manera concreta las medidas de apremio y sanciones que pueden ser impuestas a los sujetos obligados por incumplimiento a la Ley.

La Ley Número 207, en los artículos 81 y 82 se establecen las obligaciones de transparencia comunes y específicas de los sujetos obligados que existen en la entidad, lo anterior constituye el catálogo de información que los sujetos obligados deberán de publicitar en sus páginas web oficiales.

Articulo 81

Unidad de Transparencia y Acceso a la Información del Instituto Estatal de Cancerología 2019