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Gobierno

Programa Agua Limpia


Dependencia:

Comisión de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento del Estado de Guerrero

Objetivos:

Realizar acciones de cloración en las localidades rurales del estado, para tener agua apta para el consumo humano, que evite enfermedades de origen hídrico.

Beneficios:

A las localidades se les pueden apoyar con: • Instalación, reposición y rehabilitación de equipos de desinfección. • Adquisición e instalación de refacciones para equipos de desinfección. • Adquisición y suministro de reactivos desinfectantes (cloro). • Muestreo de cloro residual. • Protección física y sanitaria de fuentes de abastecimiento públicas. • Operativos de desinfección y saneamiento básico comunitario. • Adquisición y dotación de comparadores colorimétricos para medición de cloro residual, entre otros parámetros. • Capacitación y adiestramiento a los comités de agua potable en la desinfección del agua.

Reglas:

• Solicitud por escrito de los municipios que quieran participar en el programa. • Los municipios que tengan localidades mayores a 2500 habitantes, deberán cumplir con el pago de derechos de aguas nacionales y de descarga de aguas residuales. • El Gobierno del Estado y Municipios deben aportar la contraparte de recursos económicos de acuerdo a la siguiente información. APORTACIÓN FEDERAL Municipios y localidades en general Hasta el 50% Municipios y localidades de alta y muy alta marginación determinados por CONAPO Hasta el 70% Problemas para la salud de los habitantes por enfermedades infecciosas intestinales de origen hídrico Hasta el 100% Municipios con menor índice de desarrollo humano determinados por la SEDESOL Hasta el 100% NOTA: el resto lo aporta el Gobierno del Estado y Municipio. • Otras que se indican en el Artículo 11 de las Reglas de Operación para los Programas de Infraestructura Hidroagricola, y de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento a cargo de la Comisión Nacional del Agua, aplicables a partir del 2008, mismas que se pueden encontrar en la Información Pública de la CAPASEG, Fracción IV (Reglas de Operacion).