Información Pública Obligatoria de la Secretaria de Fomento y Desarrollo Económico

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Obligaciones de Transparencia Comunes de la Secretaría de Fomento y Desarrollo Económico.

Con la finalidad de armonizar el marco normativo local con las reformas federales en materia de Transparencia, el Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, aprobó la Ley número 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero, cuya entrada en vigor fue a partir del 7 de mayo de 2016, abrogando la Ley 374 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado.

Entre las disposiciones que contiene la Ley No. 207, destacan la precisión de los sujetos obligados, incluyendo los notarios, nuevas reglas para garantizar el derecho de acceso a la información, programas de capacitación y actualización en materia de transparencia y acceso a la información pública, las obligaciones comunes y específicas que tienen cada uno de los sujetos obligados, mandata a los sujetos obligados contar con Unidades y Comités de Transparencia, se otorga al Instituto la facultad para verificar las páginas web de los sujetos obligados, de igual manera se establece la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia, y por último, se señalan de manera concreta las medidas de apremio y sanciones que pueden ser impuestas a los sujetos obligados por incumplimiento a la Ley.

La Ley Número 207, en los artículos 81 y 82 se establecen las obligaciones de transparencia comunes y específicas de los sujetos obligados que existen en la entidad, lo anterior constituye el catálogo de información que los sujetos obligados deberán de publicitar en sus páginas web oficiales.

Artículo 81.Los sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan: