Ley 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero, Artículos 81 y 82.

Con la finalidad de armonizar el marco normativo local con las reformas federales en materia de Transparencia, el Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, aprobó la Ley número 207 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Guerrero, cuya entrada en vigor fue a partir del 7 de mayo de 2016, abrogando la Ley 374 de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado.

Entre las disposiciones que contiene la Ley No. 207, destacan la precisión de los sujetos obligados (incluyendo los notarios), nuevas reglas para garantizar el derecho de acceso a la información, programas de capacitación y actualización en materia de transparencia y acceso a la información pública, las obligaciones comunes y específicas que tienen cada uno de los sujetos obligados, mandata a los sujetos obligados contar con Unidades y Comités de Transparencia, se otorga al Instituto la facultad para verificar las páginas web de los sujetos obligados, de igual manera se establece la denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia, y por último, se señalan de manera concreta las medidas de apremio y sanciones que pueden ser impuestas a los sujetos obligados por incumplimiento a la Ley.

La Ley Número 207, en los artículos 81 y 82 se establecen las obligaciones de transparencia comunes y específicas de los sujetos obligados que existen en la entidad, lo anterior constituye el catálogo de información que los sujetos obligados deberán de publicitar en sus páginas web oficiales, es por ello que la Secretaría de Educación Guerrero pone a su disposición este espacio de consulta, en caso de tener alguna duda, opinión, sugerencia, solicitud o comentario, le pedimos atentamente se comunique a la Unidad de Transparencia de la Contraloría Interna de la S.E.G. al teléfono 747-47-18380 extensión 8830, o al correo electrónico: transparencia@seg.gob.mx., con mucho gusto le atenderemos.

Artículo 81

Obligaciones de transparencia comunes

Los sujetos obligados pondrán a disposición del público y mantendrán actualizada, en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan:

(En construcción con información 2016)

Fracción I.- MARCO NORMATIVO

El marco normativo aplicable al sujeto obligado, en el que deberá incluirse leyes, códigos, reglamentos, decretos de creación, manuales administrativos, reglas de operación, criterios, políticas, entre otros;

Marco normativo

Fracción II .- ESTRUCTURA ORGÁNICA

Su estructura orgánica completa, en un formato que permita vincular cada parte de la estructura, las atribuciones y responsabilidades que le corresponden a cada servidor público, prestador de servicios profesionales o miembro de los sujetos obligados, de conformidad con las disposiciones aplicables;

Estructura orgánica

Fracción III.- FACULTADES DE LAS ÁREAS

Las facultades de cada área;

Facultades de las áreas

Fracción IV.-METAS Y OBJETIVOS

Las metas y objetivos de las áreas de conformidad con sus programas operativos;

 

Fracción V.- INDICADORES DE INTERÉS PÚBLICO

Los indicadores relacionados con temas de interés público o trascendencia social que conforme a sus funciones, deban establecer;

 

Fracción VI.- INDICADORES DE DESEMPEÑO

Los indicadores que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados;

 

Fracción VII.- DIRECTORIO

El directorio de todos los servidores públicos, a partir de jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel, cuando se brinde atención al público; manejen o apliquen recursos públicos; realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base. El directorio deberá incluir, al menos el nombre, cargo o nombramiento asignado, nivel del puesto en la estructura orgánica, fecha de alta en el cargo, número telefónico, domicilio para recibir correspondencia y dirección de correo electrónico oficiales;

 

Fracción VIII.- REMUNERACIÓN BRUTA Y NETA

La remuneración bruta y neta de todos los servidores públicos de base o de confianza, de todas las percepciones, incluyendo sueldos, prestaciones, gratificaciones, primas, comisiones, dietas, bonos, estímulos, ingresos y sistemas de compensación, señalando la periodicidad de dicha remuneración;

 

Fracción IX.- GASTOS DE REPRESENTACIÓN Y VIÁTICOS

Los gastos de representación y viáticos, así como el objeto e informe de comisión correspondiente;

 

Fracción X.-TOTAL DE PLAZAS Y PERSONAL DE BASE Y CONFIANZA

El número total de las plazas y del personal de base y confianza, especificando el total de las vacantes, por nivel de puesto , para cada unidad administrativa;

 

Fracción XI.- CONTRATACIONES DE SERVICIOS PROFESIONALES

Las contrataciones de servicios profesionales por honorarios, señalando los nombres de los prestadores de servicios, los servicios contratados, el monto de los honorarios y el periodo de contratación;

 

Fracción XII.- DECLARACIONES PATRIMONIALES

La información en versión pública de las declaraciones patrimoniales de los Servidores Públicos, que así lo determinen, en los sistemas habilitados para ello, de acuerdo a la normatividad aplicable;

 

Fracción XIII.- DOMICILIO DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA

El domicilio de la Unidad de Transparencia, además de la dirección electrónica donde podrán recibirse las solicitudes para obtener la información;

 

Fracción XIV.-CONVOCATORIAS A OCUPAR CARGOS PÚBLICOS

Las convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismos;

 

Fracción XV.-INFORMACIÓN DE LOS PROGRAMAS DE SUBSIDIOS, ESTÍMULOS Y APOYOS

La información de los programas de subsidios, estímulos y apoyos, en el que se deberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio, en los que se deberá contener lo siguiente:

a) Área;

b) Denominación del programa;

c) Periodo de vigencia;

d) Diseño, objetivos y alcances;

e) Metas físicas;

f) Población beneficiada estimada;

g) Monto aprobado, modificado y ejercido, así como los calendarios de su programación presupuestal;

h) Requisitos y procedimientos de acceso;

i) Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana;

j) Mecanismos de exigibilidad;

k) Mecanismos de evaluación, informes de evaluación y seguimiento de recomendaciones;

l) Indicadores con nombre, definición, método de cálculo, unidad de medida, dimensión, frecuencia de medición, nombre de las bases de datos utilizadas para su cálculo;

m) Formas de participación social;

n) Articulación con otros programas sociales;

o) Vínculo a las reglas de operación o documento equivalente;

p) Informes periódicos sobre la ejecución y los resultados de las evaluaciones realizadas; y

q) Padrón de beneficiarios mismo que deberá contener los siguientes datos: nombre de la persona física o denominación social de las personas morales beneficiarias, el monto, recurso, beneficio o apoyo otorgado para cada una de ellas, unidad territorial, en su caso, edad y sexo.

 

Fracción XVI.- CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO

Las condiciones generales de trabajo, contratos y convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza, así como los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos;

 

Fracción XVII.-INFORMACIÓN CURRICULAR

La información curricular, desde el nivel de jefe de departamento o equivalente, hasta el titular del sujeto obligado, así como, en su caso, las sanciones administrativas de que haya sido objeto;

 

Fracción XVIII.- SERVIDORES PÚBLICOS SANCIONADOS

El listado de Servidores Públicos con sanciones administrativas definitivas, especificando la causa de la sanción y la disposición;

 

Fracción XIX.-SERVICIOS

Los servicios que ofrecen señalando los requisitos para acceder a ellos;

 

Fracción XX.-TRÁMITES

Los trámites, requisitos y formatos que ofrecen;

 

Fracción XXI.-INFORMACIÓN FINANCIERA SOBRE EL PRESUPUESTO ASIGNADO

La información financiera sobre el presupuesto asignado, así como los informes del ejercicio trimestral del gasto, en términos de la normatividad aplicable;

 

Fracción XXII.- DEUDA PÚBLICA

La información relativa a la deuda pública, en términos de la normatividad aplicable;

 

Fracción XXIII.- GASTOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Los montos destinados a gastos relativos a comunicación social y publicidad oficial desglosada por tipo de medio, proveedores, número de contrato y concepto o campaña;

 

Fracción XXIV.- INFORMES DE RESULTADOS DE AUDITORÍAS

Los informes de resultados de las auditorías al ejercicio presupuestal de cada sujeto obligado que se realicen y, en su caso, las aclaraciones que correspondan;

 

Fracción XXV.- RESULTADO DE LA DICTAMINACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS

El resultado de la dictaminación de los estados financieros;

 

Fracción XXVI.- PERSONAS FÍSICAS O MORALES QUE  SE LES ASIGNE O PERMITA USAR RECURSOS PÚBLICOS

Los montos, criterios, convocatorias y listado de personas físicas o morales a quienes, por cualquier motivo, se les asignen o permita usar recursos públicos o, en los términos de las disposiciones aplicables, realicen actos de autoridad. Asimismo, los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos;

 

Fracción XXVII.- CONCESIONES, CONTRATOS, CONVENIOS, PERMISOS, LICENCIAS O AUTORIZACIONES OTORGADOS

Las concesiones, contratos, convenios, permisos, licencias o autorizaciones otorgados, especificando los titulares de aquéllos, debiendo publicarse su objeto,nombre o razón social del titular, vigencia, tipo, términos, condiciones, monto y modificaciones, así como si el procedimiento involucra el aprovechamiento de bienes, servicios y/o recursos públicos;

 

Fracción XXVIII.- PROCEDIMIENTOS DE ADJUDICACIÓN DIRECTA, INVITACIÓN RESTRINGIDA Y LICITACIÓN

La información sobre los resultados sobre procedimientos de adjudicación directa, invitación restringida y licitación de cualquier naturaleza, incluyendo la versión pública del expediente respectivo y de los contratos celebrados, que deberá contener, por lo menos, lo siguiente:

a) De licitaciones públicas o procedimientos de invitación restringida:

1. La convocatoria o invitación emitida, así como los fundamentos legales aplicados para llevarla a cabo;

2. Los nombres de los participantes o invitados;

3. El nombre del ganador y las razones que lo justifican;

4. El área solicitante y la responsable de su ejecución;

5. Las convocatorias e invitaciones emitidas;

6. Los dictámenes y fallo de adjudicación;

7. El contrato y, en su caso, sus anexos;

8. Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto urbano y ambiental, según corresponda;

9. La partida presupuestal, de conformidad con el clasificador por objeto del gasto, en el caso de ser aplicable;

10. Origen de los recursos especificando si son federales, estatales o municipales, así como el tipo de fondo de participación o aportación respectiva;

11. Los convenios modificatorios que, en su caso, sean firmados, precisando el objeto y la fecha de celebración;

12. Los informes de avance físico y financiero sobre las obras o servicios contratados;

13. El convenio de terminación; y

14. El finiquito.

b) De las adjudicaciones directas:

1. La propuesta enviada por el participante;

2. Los motivos y fundamentos legales aplicados para llevarla a cabo;

3. La autorización del ejercicio de la opción;

4. En su caso, las cotizaciones consideradas, especificando los nombres de los proveedores y los
montos;

5. El nombre de la persona física o moral adjudicada;

6. La unidad administrativa solicitante y la responsable de su ejecución;

7. El número, fecha, el monto del contrato y el plazo de entrega o de ejecución de los servicios u
obra;

8. Los mecanismos de vigilancia y supervisión, incluyendo, en su caso, los estudios de impacto
urbano y ambiental, según corresponda;

9 .Los informes de avance sobre las obras o servicios contratados;
10. El convenio de terminación; y

11. El finiquito.

 

Fracción XXIX.- INFORMES

Los informes que por disposición legal generen los sujetos obligados;

 

Fracción XXX.- ESTADÍSTICAS

Las estadísticas que generen en cumplimiento de sus facultades, competencias o funciones con la mayor desagregación posible;

 

Fracción XXXI.- AVANCES PROGRAMÁTICOS O PRESUPUESTALES

Informe de avances programáticos o presupuestales, balances generales y su estado financiero;

 

Fracción XXXII.- PADRÓN DE PROVEEDORES Y CONTRATISTAS

Padrón de proveedores y contratistas;

 

Fracción XXXIII.- CONVENIOS DE COORDINACIÓN

Los convenios de coordinación de concertación con los sectores social y privado;

 

Fracción XXXIV.- INVENTARIOS DE BIENES MUEBLES E INMUEBLES

El inventario de bienes muebles e inmuebles en posesión y propiedad;

 

Fracción XXXV.- RECOMENDACIONES EMITIDAS POR ÓRGANOS DE DERECHOS HUMANOS

Las recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado mexicano u organismos internacionales garantes de los derechos humanos, así como las acciones que han llevado a cabo para su atención;

 

Fracción XXXVI.- RESOLUCIONES Y LAUDOS

Las resoluciones y laudos que se emitan en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio;

 

Fracción XXXVII.- MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Los mecanismos de participación ciudadana;

 

Fracción XXXVIII.- PROGRAMAS OFRECIDOS

Los programas que ofrecen, incluyendo información sobre la población, objetivo y destino, así como los trámites, tiempos de respuesta, requisitos y formatos para acceder a los mismos;

 

Fracción XXXIX.- ACTAS Y RESOLUCIONES DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA

Las actas y resoluciones del Comité de Transparencia de los sujetos obligados;

 

Fracción XL.- EVALUACIONES Y ENCUESTAS

Todas las evaluaciones y encuestas que hagan los sujetos obligados a programas financiados con recursos públicos;

 

Fracción XLI.- ESTUDIOS FINANCIADOS

Los estudios financiados con recursos públicos;

 

Fracción XLII.- JUBILADOS Y PENSIONADOS

El listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben;

 

Fracción XLIII.- INGRESOS RECIBIDOS

Los ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como su destino, indicando el destino de cada uno de ellos;

 

Fracción XLIV.- DONACIONES REALIZADAS

Donaciones hechas a terceros en dinero o en especie;

 

Fracción XLV.- CATÁLOGO DE DISPOSICIÓN Y GUÍA DE ARCHIVO DOCUMENTAL

El catálogo de disposición y guía de archivo documental;

 

Fracción XLVI.- ACTAS DE SESIONES, OPINIONES Y RECOMENDACIONES DE LOS CONSEJOS CONSULTIVOS

Las actas de sesiones ordinarias y extraordinarias, así como las opiniones y recomendaciones que emitan, en su caso, los consejos consultivos;

 

Fracción XLVII.- EMPRESAS CONCESIONARIAS DE TELECOMUNICACIONES

Para efectos estadísticos, el listado de solicitudes a las empresas concesionarias de telecomunicaciones y proveedores de servicios o aplicaciones de Internet para la intervención de comunicaciones privadas, el acceso al registro de comunicaciones y la localización geográfica en tiempo real de equipos de comunicación, que contenga exclusivamente el objeto, el alcance temporal y los fundamentos legales del requerimiento, así como, en su caso, la mención de que cuenta con la autorización judicial correspondiente; y

 

Fracción XLVIII.- CUALQUIER OTRA INFORMACIÓN RELEVANTE

Cualquier otra información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que, con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público. Los sujetos obligados deberán informar al Instituto y verificar que se publiquen en la Plataforma Nacional, cuáles son los rubros que son aplicables a sus páginas de Internet, con el objeto de que éstos verifiquen y aprueben, de forma fundada y motivada, la relación de fracciones aplicables a cada sujeto obligado.

Artículo 82

Obligaciones de transparencia especificas

Además de lo señalado en el artículo 81 de la presente Ley, el Poder Ejecutivo del Estado y los Ayuntamientos deberán poner a disposición del público y actualizar la información siguiente:

Fracción I.- PLAN ESTATAL DE DESARROLLO

El Plan Estatal de Desarrollo, y los planes municipales de desarrollo, según corresponda;

 

Fracción II.- PRESUPUESTO DE EGRESOS

El presupuesto de egresos y las fórmulas de distribución de los recursos otorgados;

 

Fracción III.- LISTADO DE EXPROPIACIONES DECRETADAS Y EJECUTADAS

El listado de expropiaciones decretadas y ejecutadas que incluya, cuando menos, la fecha de expropiación, el domicilio, la causa de utilidad pública y las ocupaciones superficiales;

 

Fracción IV.- DATOS DE MONTOS, CANCELACIONES O CONDONACIONES DE CRÉDITOS FISCALES E INFORMACIÓN ESTADÍSTICA DE EXENCIONES.

El nombre, denominación o razón social y clave del registro federal de los contribuyentes a los que se les hubiera cancelado o condonado algún crédito fiscal, así como los montos respectivos. Asimismo, la información estadística sobre las exenciones previstas en las disposiciones fiscales;

 

Fracción V.- OTORGAMIENTO DE PATENTES A NOTARIOS PÚBLICOS

Los nombres de las personas a quienes se les otorgó patente para ejercer como notarios públicos, así como sus datos de contacto, la información relacionada con el proceso de otorgamiento de la patente y las sanciones que se les hubieran aplicado;

 

Fracción VI.- PLANES DE DESARROLLO URBANO

La información detallada que contengan los planes de desarrollo urbano, ordenamiento territorial y ecológico, los tipos y usos de suelo, licencias de uso y construcción otorgadas por los gobiernos municipales;

 

Fracción VII.- DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS

Las disposiciones administrativas, directamente o a través de la autoridad competente, con el plazo de anticipación que prevean las disposiciones aplicables al sujeto obligado de que se trate, salvo que su difusión pueda comprometer los 79 efectos que se pretenden lograr con la disposición o se trate de situaciones de emergencia, de conformidad con dichas disposiciones; y

 

Fracción VIII.- ANTEPROYECTOS O INICIATIVAS DE LEY Y DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE CARÁCTER GENERAL

Los anteproyectos de iniciativas de Ley y disposiciones administrativas de carácter general por lo menos con veinte días de anticipación a la fecha en que se pretenda someter a la firma del Titular del Poder Ejecutivo, salvo las excepciones señaladas en las leyes.