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Trámites en "Secretaría General de Gobierno"

PROGRAMA SOY MÉXICO

Dependencia: Secretaría General de Gobierno

Trámite con el cual se apoya a la ciudadanía (adolescentes) que haya nacido en Estados Unidos de Norteamérica, mediante el enlace que se tiene directamente con el Registro Nacional de Población, quien se encarga de realizar la verificación electrónica del certificado de nacimiento (apostille)

Otorgamiento de Opinión Favorable (Anuencia), para que los Ministros de Culto y/o Asociados Religiosos puedan Tramitar la Visa de Residente Temporal o Visa de Visitante sin Permiso para Realizar Actividades Remuneradas

Dependencia: Secretaría General de Gobierno

Este trámite únicamente lo puede realizar el Representante y/o Apoderado Legal de la Asociación Religiosa debidamente constituida ante esta Dependencia. Asimismo dicho trámite mantiene una vigencia de 40 días naturales. (Describir en que consiste el trámite, cuál es su objetivo… este comentario lo pueden pasar a la sección de observaciones)

Estudio, Legislación y Menores Infractores

Dependencia: Secretaría General de Gobierno

Acreditar ser menor de edad (acta de nacimiento o certificado médico de edad clínica probable, expedido por parte del médico legista). Averiguación previa o causa penal, enviada por incompetencia por parte de las agencias del ministerio público del fuero común o del fuero federal, así como por los juzgados de primera instancia en materia penal del estado.

Contrato de Arrendamiento

Dependencia: Secretaría General de Gobierno

Es un acuerdo entre dos personas mediante el cual, uno de los intervinientes se compromete a ceder durante un tiempo determinado el derecho a usar y disfrutar un bien. Por otro lado, el otro interviniente se compromete a realizar los pagos acordados como contraprestación de este derecho de uso.

Aviso preventivo

Dependencia: Secretaría General de Gobierno

Derivado del análisis del Artículo 50 del Reglamento del Registro Público de la Propiedad del Estado de Guerrero y el Artículo 2889 del Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero; es el acto por el cual a petición de la parte interesada, así como de los Fedatarios solicitan al Registro Público de la Propiedad del Estado de Guerrero, para otorgarse una escritura, en la que se declare, reconozca, adquiera, transfiera, bonifique, limite, grave o extinga la propiedad o posesión de bienes raíces o cualquier derecho sobre los mismos, en dicha solicitud surtirá efecto el aviso preventivo.


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